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Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 57 QUINQUIES Federal de México


Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos Federal
Artículo 57 QUINQUIES.

1. Cualquier persona, cuando presuma que los titulares de los Órganos Internos de Control de cualquiera de los organismos constitucionales autónomos, haya incurrido en los supuestos previstos en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, podrá presentar denuncias ante las autoridades correspondientes, acompañándola de los documentos y evidencias en las cuales se sustente.

Federal de México Artículo 57 QUINQUIES Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-



Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?



Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.



asesoria para divorcio necesario. gracias



pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?



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